Decreta gobierno de Tabasco medidas para la contención del coronavirus

Decreta gobierno de Tabasco medidas para la contención del coronavirus

El gobernador Adán Augusto López, emitió ayer un decreto en el que se instruyen las acciones para prevenir, detener, contener, controlar, retrasar y reducir la propagación del Covid-19 en la entidad.

El documento publicado en el Periódico Oficial del Estado, señala que tras la declaratoria de pandemia por la OMS y las acciones del gobierno federal, se acordó emitir diversas medidas para salvaguardar la salud pública de la población tabasqueña. 

Respecto al sector público se emitieron 12 acciones, entre las que destacan la suspensión de eventos culturales, foros, conferencias, cursos, talleres, exposiciones, actividades literarias, comunitarias, presentaciones teatrales y musicales en los sectores públicos y privados; la suspensión de clases en todos los niveles educativos; desinfección de los planteles escolares; descontaminación del transporte público; suspensión de giras, reuniones y eventos públicos de los funcionarios; los trabajadores de las dependencias y entidades laborara´n observando las disposiciones emitidas por las autoridades sanitarias.

En tanto, el personal de las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, Salud, así como CEAS y Protección Civil del Estado, trabajarán conforme a disposiciones específicas, y los titulares de las dependencias podrá autorizar que el personal realice sus funciones a distancia, utilizando las tecnologías de la información y comunicación.

Para mantener la sana distancia y evitar el contacto físico, se suspenderá el funcionamiento de bares, casinos, centros nocturnos, discotecas, antros y similares; además se cerrarán archivos, bibliotecas, museos y todo recinto cultural entre los que se encuentran la Casa de Artes “José Gorostiza”, el Centro de Estudios e Investigación de las Bellas Artes (CEIBA) y de Formación Artística y Cultural, así como las Escuelas Estatal de Danza y de Música.

También permanecerán cerrados los recintos destinados a la práctica deportivo-recreativas de uso público como albercas públicas, campos y canchas de fútbol, béisbol, baloncesto; de carreras, clubes deportivos, estadios, gimnasios y locales de  boxeo, lucha, judo y similares; pistas de atletismo, patinaje y tenis; y salones de billar.

Asimismo, se suspenden hasta nuevo aviso los servicios turísticos en centros recreativos, parques de atracciones, balnearios y playas públicas y privadas, miradores, parques zoológicos y recreativos infantiles.

De igual forma, el decreto declara procedente la adjudicación directa por extrema urgencia, de adquisiciones y obra pública, siendo las Secretarías de Finanzas, Administración e Innovación Gubernamental, Salud y SOTOP, quienes aplicarán el criterio de extrema urgencia.

Respecto al pago de los salarios de los servidores públicos estatales y municipales, se menciona que se realizara´ acorde al calendario establecido.

Por último, se subraya que las personas que difundan información falsa, se pondrán a disposición de las autoridades competentes.



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