Declara España estado de alarma en Madrid por rebrotes de coronavirus

Declara España estado de alarma en Madrid por rebrotes de coronavirus

El gobierno de España declaró el estado de alarma en Madrid por rebrotes de coronavirus; las medidas restringidas serán las mismas aplicadas en el primer periodo de confinamiento.

En rueda de prensa, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, precisó que el decreto se aplicará en los municipios de Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Gatefe, Leganés, Madrid, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz.

Asimismo, el funcionario del gobierno español indicó que el estado de alarma será por 15 días, pues expuso que en las últimas semanas han muerto en Madrid por coronavirus, 63 personas; asimismo, indicó que hay 3 mil 361 hospitalizados, de las cuales 498 están en cuidados intensivos.

“A partir de aquí la paciencia tiene un límite, no hay más ciego que el que no quiere ver, en consecuencia hay que tomar medidas para proteger la salud de los madrileños y también para evitar que esta situación se propague a otras comunidades autónomas y ponga en peligro la salud de más personas”, aseveró.

Las restricciones abarcan el impedir el acceso de personas de los municipios de más de 100 mil habitantes con una alta incidencia de contagio, salvo para aquellos casos justificados que se produzcan con motivo de asistencia a centros sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales; asistencia a centros educativos; cuidado a adultos mayores o menores, personas con discapacidad o dependientes.

Además, las agrupaciones para el desarrollo de cualquier actividad o reunión, familiar o social, tanto en espacios públicos como privados, se reduce a seis personas, excepto cuando se trate de convivientes.

El aforo máximo de los establecimientos comerciales se reduce al 50 por ciento y su hora máxima de cierre será a las 10 de la noche.

En el caso de los establecimientos de hotelería y juego, el aforo se limita al 50 por ciento en interiores y al 60 por ciento en exteriores; no se permitirá el consumo en barra, la ocupación máxima por mesa será de seis personas y el cierre se fija a las 11 de la noche, salvo en que ofrezca el servicio de comida a domicilio.

En las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, el aforo también se reduce al 50 por ciento, con un máximo de seis personas para la práctica en grupos, a excepción de las competiciones oficiales que se rigen por el protocolo específico del Consejo Superior de Deportes.

Las academias y centros de formación o enseñanzas no regladas, reducen su aforo al 50 por ciento; en los lugares de culto la capacidad queda limitada a un tercio, con una distancia mínima de un metro y medio; y en los velatorios se establece un aforo máximo de 15 personas si es al aire libre o de 10 si es en espacios cerrados.



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