El Supremo absuelve por mayoría a Garzón por haber investigado los crímenes franquistas

  • La sentencia ha sido adoptada por mayoría de seis votos contra uno.
  • El sindicato Manos Limpias y la asociación Libertad e Identidad pedían 20 años de inhabilitación para Garzón y lo acusaban de prevaricación.
  • El Supremo dice que la decisión de declararse competente para investigar los crímenes del franquismo fue "errónea" pero no "prevaricadora".
  • El establecimiento de la verdad histórica es una tarea que "corresponde al Estado a través de otros organismos".
  • Aquí puedes leer la sentencia completa del Supremo (PDF).
Baltasar Garzón, en una fotografía de archivo.
Baltasar Garzón, en una fotografía de archivo.
EFE
Baltasar Garzón, en una fotografía de archivo.

El Tribunal Supremo ha absuelto por mayoría al juez Baltasar Garzón del delito de prevaricación del que estaba acusado por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo, han informado fuentes del alto tribunal.

El tribunal, presidido por Carlos Granados, ha dado a conocer este lunes la sentencia, que tiene como ponente al juez Andrés Martínez Arrieta. La Sala enjuiciadora ha estado completada por los magistrados Perfecto Andrés Ibáñez, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano Soriano, José Manuel Maza Martín y Miguel Colmenero. Éste último redactó la resolución en la que se condenó a Garzón a 11 años de inhabilitación por las escuchas del 'caso Gürtel'.

En este procedimiento, la acusación popular, ejercida por el sindicato Manos Limpias y la asociación Libertad e Identidad, solicitaban que Garzón fuera multado e inhabilitado por 20 años, la máxima pena prevista en el Código Penal para este delito. A su entender, vulneró "a sabiendas" la Ley de Amnistía de 1977 al abrir una causa contra el franquismo.

Tanto el fiscal Luis Navajas como su abogado defensor, Gonzalo Martínez-Fresneda, pidieron durante el juicio su libre absolución y el archivo del procedimiento. Entre otras cuestiones, aludieron a la doctrina 'Botín', aplicada por primera vez al presidente del banco Santander y según la cual la apertura del juicio no procedía si actúa en solitario la acusación popular.

Un voto en contra

La sentencia absolutoria ha sido adoptada por mayoría de 6 a 1. El voto particular lo ha emitido el magistrado José Manuel Maza, que estima que Garzón, "con pleno conocimiento de la contradicción" de sus resoluciones con las leyes españolas, inició "un procedimiento penal inviable, instrumentalizándolo al servicio de sus propias intenciones subjetivas".

El Tribunal Supremo dice en la sentencia en la que ha absuelto a Garzón que la decisión de éste de declararse competente para investigar los crímenes del franquismo fue "errónea", pero no prevaricadora, y afirma que "el derecho a conocer la verdad histórica no forma parte del proceso penal".

"El delito de prevaricación no se produce por la aplicación errónea del derecho, sino por dictar, a sabiendas, una resolución injusta", señala la resolución, que apunta a la tipificación que Garzón hizo de los hechos al declararse competente el 16 de octubre de 2008 como el primero de los errores que cometió.

En ese auto, el juez calificó los hechos como delitos permanentes de detención ilegal sin ofrecer razón del paradero de la víctima "en el marco de crímenes contra la humanidad", pero el tribunal dice que esa tipificación no es aplicable "ni siquiera en un contexto", porque las leyes que permiten perseguir esos crímenes no estaban vigentes "al tiempo de la comisión de los hechos".

Así, los magistrados recuerdan que, según estableció el propio alto tribunal en la sentencia del "caso Scilingo", contextualizar unos hechos en los delitos contra la humanidad no convierte a éstos en automáticamente perseguibles.

La sentencia incluye un reconocimiento a las demandas de las víctimas del franquismo, al concluir que aunque leyes como la de Memoria histórica han reparado "en gran medida" las consecuencias de los crímenes que sufrieron, "no han concluido las actuaciones concretas en orden a la localización y recuperación de los cadáveres para su homenaje y procurar la efectiva reconciliación".

En cualquier caso, el tribunal subraya que el establecimiento de la verdad histórica es una tarea que "corresponde al Estado a través de otros organismos y debe contar con el concurso de todas las disciplinas y profesiones, especialmente a los historiadores".

El alto tribunal pone fin así al último proceso que tenía pendiente contra el exjuez de la Audiencia Nacional, a quien recientemente condenó a 11 años de inhabilitación por autorizar la intervención de las escuchas de la 'trama Gürtel'. El Supremo también archivó por prescripción la causa por los cobros de la Universidad de Nueva York.

"Con la conciencia tranquila"

En la séptima y última sesión del juicio, el que fuera titular del Juzgado Central de Instrucción número 5,  tras citar al filósofo alemán Emmanuel Kant -"El tribunal del hombre es su conciencia"- aseguró que había tomado las decisiones que creía "ajustadas a derecho" para investigar los crímenes del franquismo "como única defensa que las instituciones creo que deben a las víctimas para que no se produzca el olvido y la falta de memoria".  También aprovechó para asegurar que su "conciencia está tranquila".

Esta causa abierta contra Garzón, conocido mundialmente por su lucha contra ETA y la apertura de causas de justicia universal, como la que permitió la detención en Londres del exdictador chileno Augusto Pinochet, ha levantado una gran expectación internacional. Un grupo de observadores internacionales relacionados con organizaciones de derechos humanos asistió a la sala de vistas, mientras que a las puertas del Supremo se celebraron numerosas manifestaciones de apoyo a Garzón al grito de "¡Justicia!" y "¡vergüenza!".

El portavoz de Human Rights Watch (HRW), Reed Brody, que asistió como observador al juicio a Garzón ha pedido tras la absolución de éste, que España derogue la Ley de Amnistía y asista a las víctimas "en su prolongada búsqueda de justicia y verdad".

En un comunicado, Brody asegura que, con la absolución de Garzón, "el Tribunal Supremo ha conseguido evitar un escándalo de mayores proporciones" y añade que "la investigación de hechos de tortura y desapariciones no puede ser considerada un delito".

Un proceso largo

La causa tuvo su origen en la decisión que Garzón, como titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, tomó el 16 de octubre de 2008, cuando se declaró competente para investigar las denuncias de 22 asociaciones de familiares de desaparecidos durante la Guerra Civil y el franquismo y autorizó la apertura de 19 fosas en toda España.

En el auto, el juez apuntaba como responsables de los hechos a 35 altos cargos del régimen franquista, incluido el dictador Francisco Franco, cuyo certificado de defunción solicitó a efectos de declarar la extinción de la responsabilidad penal.

La Fiscalía recurrió la decisión de Garzón y, el 28 de noviembre de 2008, el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó, por catorce votos contra tres, declarar que Garzón carecía de competencia para asumir esa investigación y que debían ser los Juzgados de cada demarcación los que decidieran sobre la apertura de las fosas.

El 27 de mayo de 2009 el Tribunal Supremo admitió a trámite la querella por prevaricación presentada contra el juez por Manos Limpias y designó instructor de la causa a uno de los más destacados representantes del ala progresista de la judicatura española, Luciano Varela, que un año después, el 12 de mayo de 2010, abrió juicio oral a Garzón.

En sus resoluciones, Varela sostenía que el juez "era consciente de que carecía de competencia" para investigar los crímenes del franquismo y de que "no existían hechos con relevancia penal" que justificaran la apertura de la causa, y le acusaba de ignorar deliberadamente la Ley de Amnistía de 1977.

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